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Confirman la condena a un neonazi por intentar matar a un joven de «extrema izquierda»

El Confidencial.- Siete años de cárcel por intento de homicidio y otros tres por lesiones. Esa es la pena para el neonazi Luis Alberto García, alias Fofy, después de que el Tribunal Supremo haya rechazado su último recurso. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, recuerda lo ocurrido la noche del 5 de marzo de 2016, cuando dio caza a dos jóvenes a los que identificó como «de extrema izquierda» en la localidad madrileña de San Sebastián de los Reyes.

«Era miembro de grupos de ideología nazi, vinculados con la extrema derecha«, recuerda el tribunal sobre Fofy. «Se encontraba con unos amigos en el bar (…) y, al pasar por dicho establecimiento G. y V., tuvieron un enfrentamiento verbal con una pareja que estaba en la puerta del establecimiento, que posteriormente desembocó en un forcejeo, lo que motivó que, ante los gritos de la pareja, salieran del local el procesado y otros jóvenes que se encontraban en el local, lo que motivó la huida de G. y V.».

Fofy y un grupo de menores les persiguieron al grito de «guarros» y «rojos», así como «Skin Retiro» y «Hitler Fans». El grupo identificó a las dos víctimas por «su estética exterior» y «por anteriores enfrentamientos» como personas de «extrema izquierda», dejándoles claras sus intenciones en plena persecución: «Venimos de Madrid a mataros, hijos de puta«.

La agresión finalmente se produjo en la calle Pedro Salinas. «Les agredieron con distintos instrumentos peligrosos que portaban como cuchillos, un destornillador y un cúter, en la que participaron varios de los amigos del procesado, menores de edad, hechos que han sido objeto de enjuiciamiento en la jurisdicción de menores», explica la sentencia. «En el transcurso de dicha agresión, el procesado dio alcance a V., quien cayó al suelo en el marco del forcejeo que se produjo entre ambos, y, aprovechando dicha situación, el procesado le inmovilizó, poniéndose de rodillas encima de aquel y, con ánimo de acabar con su vida, intentó clavar con fuerza en el pecho a V. el cuchillo que portaba«.

La víctima logró frenar el arma con sus propias manos, «lo que le provocó grandes cortes en las mismas». Mientras tanto, otros de los menores «le propinaban puñetazos y patadas en la cabeza». El otro joven se dio cuenta «de la situación de peligro» de su amigo y, «tras zafarse de la persona que le estaba agrediendo a él», logró propinar una patada a Fofy para alejarle. El neonazi se encaró entonces con él y «le lanzó una cuchillada que le alcanzó en la cara, causándole un corte desde la comisura del labio hasta la región preauricular derecha».

El recurso de Fofy ante el Supremo

A la hora de recurrir ante el Supremo, la defensa de Fofy apuntó a que su condena por intento de homicidio contra V. no presentaba «la motivación necesaria» y que en ningún caso había quedado probado que él fuera el autor de las lesiones contra V. De hecho, afirmaba que otro de los menores ya había sido condenado por el «corte en la cara» que sufrió el segundo joven. Su defensa intentó así que le rebajaran la condena a un delito de lesiones por la primera agresión y que fuera absuelto de la segunda.

«La pretensión del recurrente de que su agresión a V. sea calificada como delito de lesiones (…) no fue articulada en el recurso de apelación previo, dado que solo se cuestionó la autoría del recurrente en relación a las lesiones en la cara de G.«, le responde ahora el Supremo. «Las pretensiones impugnatorias no admiten el efecto Guadiana: desaparecen en la apelación y reaparecen sorpresivamente en una ulterior impugnación«.

De esta manera, echan por tierra el primero de sus argumentos al no haberlo planteado previamente en el recurso que interpuso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aunque también avisan de que en ningún caso se considera probado que su intención se limitara a lesionar al primero de los jóvenes: «En el hecho probado no se describe ningún acto del recurrente desistiendo de la agresión que estaba realizando a V., sino que fue la intervención de G., tras zafarse de la persona que le estaba agrediendo a él, propinó una patada al procesado para alejarle de V.«, advierten los magistrados.

Una vez descartados sus argumentos respecto a la primera de las agresiones, el Supremo revisa la segunda y tumba también el intento de Fofy de desmarcarse de la misma: «Respecto a la autoría de esta última lesión, la sentencia recurrida tiene en cuenta y valora la declaración de la propia víctima en el sentido de que el autor fue el acusado, lesión avalada por el informe médico forense y que no queda desvirtuada por las alegaciones del recurrente relativas a la sentencia dictada en el procedimiento de menores, dado que el menor fue condenado por su participación como coautor en los hechos, lo que es compatible con la autoría del recurrente«.

Por último, los magistrados rechazan también el intento de anular la agravante de motivación ideológica. Su defensa argumentaba para ello que «los testigos comparecientes incidieron en que el motivo que dio lugar a la persecución y posterior altercado es que los dos perjudicados agredieron en la puerta del bar a la novia de Luis Alberto y a un amigo del mismo menor de edad», pero el Supremo no da por bueno ese razonamiento.

«El móvil que guio la agresión por parte del procesado era las diferencias ideológicas existentes entre el autor de tales agresiones y las víctimas, al desprenderse efectivamente de las pruebas practicadas la motivación por discriminación ideológica que presidió la agresión del procesado a las víctimas, teniendo en cuenta el contexto en que se sitúan los hechos, en el que ambos grupos se conocían con anterioridad«, concluye la sentencia.

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